Derechos a facturar a clientes

Autores/as

  • Ramón Sergio Díaz

Resumen

En el presente artículo intentaremos explicar y evidenciar, mediante un análisis comparativo, el cambio de enfoque en la medición posterior y reconocimiento de resultados de ciertos elementos, que se originan de un proceso prolongado de producción o construcción que, de acuerdo a la Resolución Técnica (RT) N° 17 de la FACPCE, en la medida que hubieran cumplido ciertos requisitos, son clasificados como Bienes de Cambio medidos al Valor Neto de Realización (VNR). Esto, proporcionado al grado de avance de obra, generando un resultado por tenencia. En cambio, de acuerdo al tratamiento de la NUA (Norma Unificada Argentina de Contabilidad) dispuesta por RT N° 54, modificada por RT N° 56), son incluidos en el Rubro de “Créditos en Moneda”, como “Derechos de Facturar a Clientes”. Estos proceden del reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias por la construcción de activos que se contabilizan de acuerdo al grado de avance.

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Publicado

2024-08-19

Número

Sección

Área Académica